Mediante la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, publicada en el Periódico Oficial del Estado del 31 de diciembre de 1953, se establece a la Tesorería General como Dependencia.
El 10 de enero de 1967, se publica en el Periódico Oficial del Estado, mediante acuerdo la creación del Departamento de Ingresos, teniendo entre sus facultades la de organizar la Sección de Auditoría Fiscal del Estado.
El 31 de diciembre de 1971, en el Periódico Oficial del Estado, se publica la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, en donde la Tesorería General cambia de nombre a Secretaría de Planeación y Finanzas, estableciendo que contara esta para el adecuado desempeño de sus funciones con el Departamento de Auditoría Fiscal.
El 20 de septiembre de 1989, se publica en el Periódico Oficial del Estado, el Reglamento Interior de la Secretaria de Finanzas del Estado de Baja California, dentro del cual se indican las atribuciones de la Dirección de Auditoría Fiscal.
El 28 de agosto de 1998, derivado de la fusión de las Secretarías de Finanzas y de Planeación y Presupuesto, se publica en el Periódico Oficial del Estado, el Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación y Finanzas, el cual abrogo los Reglamentos Interiores de las citadas Secretarías.
En este Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación y Finanzas se establecen las atribuciones de la Dirección de Auditoría Fiscal, vigentes hasta la fecha.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California
De la competencia de la Secretaría de Planeación y Finanzas
Artículo 24, fracciones VII, XXVI y XXVII
Código Fiscal del Estado de Baja California
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo único
Artículo 14, Fracción IV
Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación y Finanzas
Capítulo I
Del ámbito de Competencia y Organización
Artículo 4
Capítulo VII
De las Facultades y Obligaciones de la Subsecretaría de Finanzas y sus Unidades Administrativas
Artículo 54, 54 BIS, 55, 56, 57, 58 y 59
La Procuraduría Fiscal del Estado es la Unidad Administrativa de la Secretaría de Planeación y Finanzas, que depende directamente del titular de la Secretaría, se encuentra jerárquicamente al nivel de las Subsecretarías de Finanzas y Planeación y Presupuesto. Tiene entre sus principales atribuciones:
La Procuraduría Fiscal cuenta con oficinas en los municipios de Mexicali, Tijuana y Ensenada. Las direcciones y teléfonos son los siguientes:
Procuraduría Fiscal del Estado
Edificio del Poder Ejecutivo 1er. piso
Calzada Independencia # 994
Centro Cívico, Mexicali B.C. 21000
Teléfono: (686) 558-1919
Subprocuraduría Fiscal en Tijuana
Edificio del Poder Ejecutivo 1er. piso
Centro de Gobierno, Vía Oriente # 10252
Zona del Río, Tijuana B.C. 22320
Teléfono: (664) 624-2099
Oficina de Representación de la
Procuraduría Fiscal en Ensenada
Edificio del Poder Ejecutivo 1er. piso
Carretera Transpeninsular La Paz - Ensenada # 6500
Ex Ejido Chapultepec, Ensenada, B.C., C.P. 22785
Teléfono: (646) 172-3000
El objeto de la Dirección de Auditoría Fiscal del Estado es verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales, en principio por ser una dependencia del orden estatal constriñe su función a las obligaciones fiscales en materia local, tales como el Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal, Impuesto Adicional para la Educación media y Superior, Impuesto Sobre Actividades Mercantiles e Industriales, etc, la función principal es verificar mediante el ejercicio de las facultades de comprobación el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales que se realiza por los medios de fiscalización permitidos por las disposiciones fiscales, como son las visitas domiciliarias y las revisiones de gabinete.
La Dirección de Auditoría Fiscal del Estado, también actúa como Autoridad Federal al Fiscalizar contribuciones del orden federal como son Impuesto al Valor Agregado, Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Activo, acción que se desempeña al amparo del Convenio de Colaboración Administrativa, celebrado entre el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Baja California, publicado en Diario Oficial de la federación el 21 de noviembre de 1996 y en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 13 de diciembre de 1996. Inicialmente se ejercían facultades de comprobación en materia federal únicamente del Impuesto al Valor Agregado, en la actualidad de fiscaliza además el Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Activo, y el Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.
Las facultades otorgadas al Estado por parte de la federación en materia fiscal federal son diversas.
Auditoría Fiscal
Dirección de Auditoría Fiscal del Estado
Edificio del Poder Ejecutivo 1er Piso
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Mexicali B.C. 21000
Teléfonos: (686) 558-1915
(686) 558-1000 ext. 1886
E-mail: rmarroquin@baja.gob.mx
Edificio del Poder Ejecutivo 1er Piso
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Teléfono: (686) 558-1000 ext. 1400
Edificio del Poder Ejecutivo 1er. Piso
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Teléfono: (686) 558-1000 ext. 1682
Edificio del Poder Ejecutivo 1er Piso
Calzada Independencia No. 994
Centro Cívico
Mexicali B.C. 21000
Teléfono: (686) 558-1000 ext. 1698
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Centro de Gobierno, Vía Oriente No. 10252
Zona del Río
Tijuana B.C. 22320
Teléfonos: (664) 624-2021
(664) 624-2064
Centro de Gobierno, Carretera
Transpeninsular Ensenada-La Paz 6500
Ex-Ejido Chapultepec
Ensenada B.C. 22785
Teléfonos: (646) 172-3011
(646) 172-3000 ext. 3117
Cultura del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales
De acuerdo al compromiso establecido en el Plan Estatal de Desarrollo se tienen como líneas estratégicas de éste Gobierno, entre otras, la de crear la cultura de contribución en forma proporcional y oportuna, que permita al Estado contar con los recursos económicos necesarios para afrontar las demandas sociales, a través de la modernización, simplificación, diversificación y el acercamiento del Gobierno al ciudadano, generar condiciones que fortalezcan el desarrollo de una Cultura del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales, así como la aplicación de mecanismos de vigilancia que induzcan a la participación ciudadana e impulsar un nuevo Sistema Nacional de Coordinación Hacendaría acorde a las necesidades actuales de la entidad.
Consultas de Auditorías
Mediante ésta opción los contribuyentes que están siendo fiscalizados podrán validar si la orden de revisión que recibió fué emitida por ésta dirección.
Auditor Virtual Estatal
Mediante ésta opción los contribuyentes podrán calcular el importe de un crédito fiscal de impuestos estatales. Ingresará los meses de adeudo y el importe (base gravable) del impuesto correspondiente y el sistema le arrojará el crédito caso de una revisión fiscal.
Carta de los Derechos del Contribuyente
Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado
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